Renovación de la Certificación de IVA & IEPS 2023

 

Las empresas con programa IMMEX que cuenten con el Registro del Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de IVA e IEPS, según el rubro A, AA, AAA, en el que la modalidad A tiene duración de un año, la AA de dos años y la AAA de 3 años por lo que deberán renovarla al vencimiento del plazo correspondiente. 

Si tu compañía se encuentra dentro del Esquema de Certificación en materia de IVA & IEPS, la cual vencerá en el mes de enero de 2023, es importante presentar tu “Aviso único de Renovación en el Registro del Esquema de Certificación de Empresas”, dentro los 30 días previos a que se venza el plazo de la vigencia, esto conforme a lo establecido en las Reglas Generales de Comercio Exterior vigentes.

Los puntos que se tienen que conocer para la renovación de la certificación son regulados por la regla 7.2.3 de las RGCE para 2022 y se deberá cumplir con los requisitos obligatorios y seguir entre otros los siguientes puntos:

I.Solicitud

Las empresas IMMEX deberán presentar el formato electrónico denominado “Aviso Único de Renovación en el Registro del Esquema de Certificación de Empresas”, el formato de llenado se encuentra publicado en el Anexo 1 “Formas y Modelos de Comercio Exterior” de las RGCE para 2022.

II.Presentación del Aviso de Renovación

La solicitud de renovación se debe de presentar dentro de los 30 días hábiles previos al vencimiento del plazo de vigencia, mediante formato electrónico en la Ventanilla Digital en el portal www.ventanillaunica.gob.mx.

Los tramites se deberán realizar ser entre las 7:00  y las 18:00 horas centro, y lo que se lleve a acabo después de las 18 horas o en días inhábiles se considerarán realizados al día hábil siguiente de conformidad con el último párrafo del artículo 9-E de la Ley Aduanera y la regla 1.2.4, fracción III de las RGCE para 2022. 

III. Procedimiento de Presentación

Si la vigencia de la Certificación de IVA e IEPS vence el 2 de enero de 2023, se contabiliza el plazo de los 30 días hábiles hacia atrás considerando los días festivos 21 de noviembre, 25 de diciembre de 2022 y 1 de enero, y los días del segundo periodo vacacional del SAT, respectivamente. 

– Vigencia de la Nueva Certificación

La aprobación de la renovación es automática cuando se cumplen con todos los requisitos y el formato electrónico es presentado en tiempo y forma, ya que se entregue el aviso, se tendrá por renovado al día siguiente, el inicio de los nuevos plazos empezara a contar a partir del día en que se concluya el plazo de la certificación anterior.

– Cumplimiento de las Obligaciones Generales y Especiales

Las empresas IMMEX deben de mantener el cumplimiento de todas las obligaciones de acorde con cada modalidad, ya que es necesario que las circunstancias por las que fue otorgada la autorización no hayan variado y que continúan cumpliendo con los requisitos inherentes a la misma. Las obligaciones del Registro en el Esquema de Certificación de Empresas (RECE) en modalidad IVA e IEPS varían al rubro registrado por lo que es importante considerar las siguientes reglas:

Regla

CONTENIDO

7.1.1

Requisitos generales para la obtención del RECE

7.1.2

Requisitos modalidad de IVA e IEPS, rubro A

7.1.3

Requisitos modalidad de IVA e IEPS, rubros AA y AAA

7.1.6

Resoluciones del RECE

7.1.7

Acreditación de empresas de un mismo grupo

7.1.8

Acreditación de empresas de IMMEX de albergue

7.1.11

Ampliación de plazos para cumplir con requerimientos

7.2.1

Causales de requerimiento para el RECE

7.2.3

Renovaciones para el RECE

7.2.4

Causales de cancelación para el RECE

 

De igual manera, las empresas tienen que asegurarse de cumplir con los dispositivos mencionados, ya que la autoridad fiscal tiene la facultad de verificar electrónicamente o realizar visitas de inspección de supervisión en todo momento para asegurar del correcto cumplimiento del registró de certificación.

 – Sujeto a procesos de Cancelación conforme a las reglas 7.2.4. y 7.2.5.

Se debe de seguir el procedimiento administrativo que lleva a cabo la autoridad fiscal en el que el primer párrafo menciona que “La AGACE podrá renovar el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, siempre que no se encuentren sujetas al proceso de cancelación previsto en las reglas 7.2.4. y 7.2.5. […]”, por lo que es necesario no ubicarse bajo los supuestos de cancelación referidos en los dispositivos señalados.

Las empresas deben de seguir los requerimientos de la AGACE, presentar las pruebas asi como subsanar cualquier falta de información que se haya presentado en la operación aduanera o afectara el proceso de renovación.

 VII. Créditos Fiscales Vencidos

Es importante considerar que “Para efectos de la renovación en el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas modalidad de IVA e IEPS, la solicitante no deberá de contar con saldos vencidos al amparo del crédito fiscal, relacionados con el Anexo 30 a la fecha de presentación de su certificación.” Por lo que se debe de verificar que no se tengan importes vencidos en crédito fiscal del impuesto al Valor Agregado o del Impuesto Especial sobre producción y servicios a la fecha de presentación de la rectificación.

 VIII. Cambio de Rubro 

En caso de que aplique, las empresas IMMEX con la modalidad “A” tienen la oportunidad de cambiar su rubro a la modalidad AA o AAA cuando se efectúa la recertificación de la misma, en el séptimo párrafo indica que “Las empresas que cuenten con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas bajo la modalidad de IVA e IEPS rubro A, podrán renovar en los rubros AA y AAA, siempre que en la solicitud de renovación acrediten el cumplimiento de los requisitos del rubro correspondiente, caso en el cual, la autoridad emitirá resolución de conformidad con la regla 7.1.6.”

– Pago de derechos

Las empresas que estén por renovar en cualquier modalidad deben de realizar el pago del derecho correspondiente a lo dicho en el articulo 40 inciso m) de la LFD con relación al anexo 19 de la RMF, pero si no se realiza el pago de la contraprestación será objeto de requerimiento por parte de la autoridad conforme a la regla 7.2.2 apartado A, fracción VI de las RGCE para 2022, el monto vigente de 2022 es de $33,004 pesos, mientras que el de 2023 será publicado a finales del mes de diciembre.

El comprobante de pago deberá de registrarse en VUCEM completando los datos de numero de operación, llave de pago y fecha de pago y finalmente adjuntar el citado pago de derechos.

  Mayor información sobre la certificación en IVA e IEPS. 

Si tu empresa aún no cuenta con la certificación en materia de IVA e IEPS, Siimmex te puede apoyar con la solicitud. En Siimmex nos encargamos de todo el proceso de solicitud  de Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad e IEPS, en los rubros A, AA y AAA, hasta su aprobación.

 

Contáctanos para mayor información.

Así mismo cualquier duda o comentario al respecto, Contáctenos.

L

 

Fecha de publicación

02/01/23

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