De acuerdo a lo establecido en el artículo 25 del Decreto IMMEX, las empresas que cuenten con programa IMMEX deberán presentar el Reporte Anual de Operaciones de Comercio Exterior (RAOCE) con respecto al total de ventas y exportaciones llevadas a cabo en el ejercicio fiscal del año 2021, a más tardar el último día hábil de mayo del 2022.
El reporte se presenta de manera electrónica a través de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior (VUCEM).
El programa quedara suspendido automáticamente en caso de no presentar el RAOCE antes de la fecha anteriormente señalada. Una vez suspendido el programa, se podrá presentar el reporte anual hasta el 31 de agosto de 2022, a efecto de que no se cancele. De no cumplir con lo anterior quedara cancelado automáticamente el 1 de septiembre de 2022.
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