BOLETÍN INFORMATIVO- Acuerdo que modifica al diverso por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior.

 El 10 de Octubre se publicó en el Diario Oficial de la Federacion el acuerdo que modifica al diverso por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior.

Se modifico el aviso automatico en el certificado de molino y/o calidad en las reglas 2.2.19 y 2.2.26, anexo 2.2.2 numeral II para la disminucion de informacion requerida para capturar al igual que ya no se requiere la digitalizacion del certificado de Molino y/o calidad en la solicitud, otra de las modificaciones que se tuvo es el aumento de la vigencia del permiso de 60 días a 120 días que van a partir del inicio de vigencia de la clave de autorización asignada por la Secretaria de Economía, y finalmente se elimina la obligacion de adjuntar Fe de Hechos para los trámites de la regla 3.2.28 y 3.3.6.

Se reforman el encabezado del primer párrafo de la regla 2.2.19, los incisos d), f), g) e i) de la fracción I de la regla 2.2.26 y se adiciona un último párrafo a la regla 2.2.26 del Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de mayo de 2022, para quedar como sigue:

 

2.2.26:

  1. al c) …
  2. d)   País de origen de la mercancía; que es el país en donde se fundió y coló el acero;
  3. e)   …
  4. f)    Número de Certificado de molino y/o de calidad, deberá capturar: S/N (sin número);
  5. g)   Fecha de expedición del Certificado de molino y/o de calidad; deberá capturar la fecha de presentación de su solicitud de aviso automático de importación de productos siderúrgicos;
  6. h)   …
  7. i)    Descripción detallada de la mercancía a importar (en español), así como datos de la importación, conforme a lo siguiente:
  8. Descripción del producto a importar, que incluya según aplique: tipo de acero, dimensiones, número de colada, composición química, clave de identificación del producto de acuerdo a las normas internacionales, como: ASTM, ASME, API, SAE, etc.; tipo de recubrimiento y acabado, en su caso;
  9. Valor en dólares y precio unitario en dólares por kilogramo;

iii.   Aduana de entrada prevista;

  1. Fecha en que se espera el envío desde el país de exportación, y
  2. Fecha esperada de importación.
  3. j)    Se deroga.

Para consultar publicación oficial da click en el siguiente link.

Así mismo cualquier duda o comentario al respecto, Contáctenos.

 

Fecha de publicación

28/10/22

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